ARTÍCULO 60.- En los casos previstos por los artículos 11, fracciones VI y VII, y 13 se impondrán de dos terceras partes del mínimo a dos terceras partes del máximo de la punibilidad correspondiente al delito de que se trate y, en su caso de acuerdo con la modalidad respectiva.
Artículo 60
TITULO CUARTO · CAPITULO II
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.