Artículo 206 300
Se impondrá multa de uno a diez Unidades de Medida y Actualización, a las partes en un negocio civil, que de común acuerdo, quebrantaren los sellos puestos por la Autoridad Pública, y el quebrantamiento se hiciere sin autorización de ésta.
SECCIÓN CUARTA
DELITOS COMETIDOS CONTRA FUNCIONAR IOS PÚBLICOS