Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 322

CAPÍTULO DÉCIMO

Artículo 322

No se entenderá que hay riña en la lucha que se entabla entre un agresor y un agredido, cuando éste se ve obligado a valerse de las vías de hecho en su propia y legítima defensa. Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla

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Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ojp.puebla.gob.mx.

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