Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 336

CAPÍTULO DÉCIMO

Artículo 336 569

Se configura el delito de homicidio en razón de parentesco o relación, al privar de la vida a un ascendiente o descendiente, hermano,

566 Párrafo adicionado el 15/jul/2015.

567

Artículo reformado el 25/ene/2008.

568 Sección modificada en su denominación el 01/jul/1994.

569

Artículo reformado el 01/jul/1994, el 04/ene/2012 y el 15/jul/2015; y el 30/dic/2016. Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla

195 adoptante, adoptado, con conocimiento del parentesco; o al cónyuge, concubino, amasio o novio.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ojp.puebla.gob.mx.

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