Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 62 BIS

CAPÍTULO DUODÉCIMO REGLAS DEL ASEGURAMIENTO DE BIENES, ENAJENACIÓN DE

Artículo 62 Bis 95

La sanción de trabajo a favor de la comunidad no podrá decretarse, cuando se trate de delitos intencionales en los que exista reincidencia o habitualidad.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ojp.puebla.gob.mx.

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