Código Penal para el Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 112

TÍTULO QUINTO EXTINCIÓN DE LA PRETENSIÓN PUNITIVA · CAPÍTULO II CUMPLIMIENTO DE LA PENA O MEDIDA DE SEGURIDAD

ARTÍCULO 112 . La muerte del inculpado extingue la pretensión punitiva y la del sentenciado las penas o medidas de seguridad impuestas, a excepción del decomiso y la reparación de los daños y perjuicios.

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: media.transparencia.sinaloa.gob.mx.

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