Código Penal para el Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 5

CAPÍTULO ÚNICO DE LAS GARANTÍAS PENALES

ARTÍCULO 5o . Es aplicable la ley vigente en el momento de la realización del delito.

El momento y el lugar de realización del delito son aquellos en que se concretan los elementos del tipo penal.

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: media.transparencia.sinaloa.gob.mx.

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