ARTÍCULO 153. Comete el delito de ataque peligroso quien:
(REFORMADA P.O. 14 DE OCTUBRE DE 2022)
I. Sin causa justificada, realice disparo de arma de fuego, o
II. Ataca a alguien de tal manera que, en razón del arma empleada, de la fuerza destreza del agresor o de cualquier otra circunstancia semejante, puede producir como resultado lesiones o la muerte.
(REFORMADO P.O. 19 JULIO DE 2017)
Este delito se sancionará con una pena de dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización.
(ADICIONADO P.O. 14 DE OCTUBRE DE 2022)
Para los efectos de este artículo, se entiende “ sin causa justificada” , todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio, propio o de cualquier otra persona.