ARTICULO 157.- Se aplicarán de un mes a tres años de prisión y multa de diez a ciento cincuenta Unidades de Medida y Actualización:
I. Al que empleando la fuerza o la amenaza, se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones; y 38
II. Al que desobedeciere un mandato legítimo de autoridad o se resista al cumplimiento de éste.