ARTICULO 262 .- Obra a traición el que viola la fe o seguridad que expresamente había prometido a su víctima, o la tácita que ésta debía esperar de aquél por sus relaciones de parentesco, gratitud, amistad o cualquiera otra que inspire confianza.
Artículo 262
TÍTULO DÉCIMO · CAPITULO III REGLAS COMUNES PARA LESIONES Y HOMICIDIO
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: gestion.api.congresoson.gob.mx.
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