Artículo 8. El delito es:
REFORMADA P.O. 7648 SPTO. I 23-DICIEMBRE-2015
I. Instantáneo, cuando la consumación se agota en el mismo momento en que se han realizado todos los elementos de la descripción legal.
REFORMADA P.O. 7648 SPTO. I 23-DICIEMBRE-2015
II. Permanente, cuando se viola el mismo precepto legal, y la consumación se prolonga en el tiempo.
REFORMADA P.O. 7648 SPTO. I 23-DICIEMBRE-2015
III. Continuado, cuando con unidad de propósito delictivo, pluralidad de conductas e identidad de sujeto pasivo se concretan los elementos de un mismo tipo penal. 8