Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 10

TÍTULO PRIMERO DE LA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL · CAPÍTULO III ÁMBITO TEMPORAL

ARTÍCULO 10.- Cuando una nueva ley deje de considerar un determinado hecho como delictuoso, se ordenará la libertad de los procesados o sentenciados, cesando el procedimiento o los ef ectos de la sentencia, con excepción de la reparación del daño cuando ya se haya hecho ef ectiva. En caso contrario se dejarán a salvo los derechos del of endido.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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