Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 425

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO IV

ARTÍCULO 425.- Al responsable del delito de chantaje se le impondrá una sanción de dos a ocho años de prisión.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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