Código Penal para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 455

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO ÚNICO DELITOS COMETIDOS POR FRACCIONADORES

ARTÍCULO 455.- Las licencias, permisos, autorizaciones o disposiciones análogas a que se hace ref erencia en las f racciones IV y V del artículo anterior estarán af ectadas de nulidad absoluta. 115

Documento para consulta

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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