Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 107

TÍTULO SÉPTIMO EXTINCIÓN DE LA PRETENSIÓN PUNITIVA Y DE LA POTESTAD DE · CAPÍTULO I REGLAS GENERALES

Artículo 107. Alcances de la extinción. La extinción que se produzca en los términos del artículo 105 de este código no abarca el decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito.

Última reforma de esta ley incorporada: 5 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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