Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 202

TÍTULO CUARTO DELITOS CONTRA LA ADECUADA IMPARTICIÓN, PROCURACIÓN Y · CAPÍTULO VII EVASIÓN DE PRESOS

Artículo 202. Las penas previstas en los artículos anteriores se aumentarán hasta en una mitad, cuando:

I. Para favorecer la evasión, se haga uso de la violencia en las personas o de la fuerza en las cosas, o

II. El que ponga en libertad o favorezca la evasión, siendo un servidor público en funciones de custodia. (REFORMADO, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

Última reforma de esta ley incorporada: 5 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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