Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz · Veracruz

Artículo 6

Artículo 6º.-Una conducta típica será punible cuando lesione o ponga en peligro, efectivamente y sin causa justa, el bien jurídico tutelado por la ley penal.

Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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