Código Penal para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 258

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO I

Artículo 258.- Al que por medio de amenazas de cualquier género trate de impedir que otro ejecute lo que tiene derecho a hacer, se le aplicarán las mismas sanciones a que se refiere el artículo anterior.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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