Código Penal Federal · Federal

Artículo 139 TER

TITULO PRIMERO Delitos contra la seguridad de la Nación · CAPITULO VI

Artículo 139 Ter.- Se aplicará pena de cinco a quince años de prisión y de doscientos a seiscientos días multa al que amenace con cometer el delito de terrorismo a que se refiere el párrafo primero del artículo 139.

Artículo adicionado DOF 28-06-2007

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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