Código Penal Federal · Federal

Artículo 77

TITULO TERCERO Aplicación de las Sanciones · CAPITULO VI Substitución y conmutación de sanciones

Artículo 77.- Corresponde a la autoridad jurisdiccional la imposición de las penas, su modificación y duración; asimismo, al Ejecutivo Federal la administración penitenciaria.

Artículo reformado DOF 17-06-2016

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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