Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 189

TÍTULO TERCERO DE LA PRUEBA · CAPÍTULO III DE LAS PRUEBAS EN PARTICULAR

Artículo 189.- Cuando una de las partes se oponga a la inspección ordenada por el tribunal, para conocer sus condiciones físicas o mentales, o no conteste a las preguntas que el tribunal autorice, éste deberá tener por ciertas las afirmaciones de la contraparte, salvo prueba en contrario. Lo mismo se hará si una de las partes no exhibe a la inspección del tribunal, la cosa o documento que tiene en su poder.

Última reforma de esta ley incorporada: 10 de julio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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