Artículo 206.- El que tiene a su favor una presunción legal, sólo está obligado a probar el hecho en que se funda la presunción.
Artículo 206
TÍTULO TERCERO DE LA PRUEBA · CAPÍTULO III DE LAS PRUEBAS EN PARTICULAR
Última reforma de esta ley incorporada: 10 de julio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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