Código Procesal Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 362

TÍTULO SEGUNDO · CAPÍTULO VII

ARTÍCULO 362.- GASTOS DE LA DOCUMENTAL CIENTÍFICA. La parte que ofrezca y promueva la documental científica cubrirá los gastos de su desahogo, incluyendo los honorarios de los técnicos para llevarla al cabo, con independencia de la determinación de las costas procesales que haga el Juez en la sentencia definitiva. CAPÍTULO VIII LA PERICIAL

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de enero de 2012. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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