ARTÍCULO 418.- SENTENCIAS QUE CAUSAN EJECUTORIA POR MINISTERIO DE LA LEY. Causan ejecutoria por ministerio de la Ley: I. Las que no admiten ningún recurso; II. Las que dirimen o resuelven una competencia; III. Las sentencias que homologuen los convenios o decisiones de las partes. IV. Las demás que se declaren irrevocables por prevención expresa de la Ley.
Artículo 418
TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO IV
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de enero de 2012. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.