ARTÍCULO 624.- REVOCACIÓN DE ACTOS SIMULADOS O FRAUDULENTOS. El ejecutante o depositario tendrán acción para pedir la revocación de actos jurídicos celebrados entre el deudor y un tercero, que afecten bienes que fueron materia de la ejecución en los casos de simulación o fraude. 164
Artículo 624
TÍTULO PRIMERO · CAPÍTULO I
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de enero de 2012. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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