Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 54

TÍTULO SEGUNDO JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA OBJETIVA 3 · CAPÍTULO II DE LA COMPETENCIA OBJETIVA

ARTÍCULO 54. Imparcialidad del juzgador

Artículo 54. La imparcialidad de los magistrados y jueces es una condición indispensable para ejercer la función jurisdiccional.

La imparcialidad se presume salvo prueba en contrario.

Impedimentos de los juzgadores

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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