Convenio de La Haya 1980 (sustracción internacional de menores) · Tratado internacional

Artículo 1

CAPITULO I

Artículo 1

La finalidad del presente Convenio será la siguiente: a) garantizar la restitución inmediata de los menores trasladados o retenidos de manera ilícita en cualquier Estado contratante; b) velar por que los derechos de custodia y de visita vigentes en uno de los Estados contratantes se respeten en los demás Estados contratantes.

1 Se utiliza el término "Convenio" como sinónimo de "Convención".

2 Este Convenio, así como la documentación correspondiente, se encuentra disponible en el sitio web de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (www.hcch.net), bajo el rubro “Convenios” o bajo la “Sección Sustracción de Niños”. Para obtener el historial completo del Convenio, véase Hague Conference on Private International Law, Actes et documents de la Quatorzième session (1980) , Tome III, Child abduction

(ISBN 90 12 03616 X, 481 pp.).

3 Entrado en vigor el 1º de diciembre de 1983. Para la entrada en vigor en los diferentes Estados, http://www.hcch.net.

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