Convenio de La Haya 1980 (sustracción internacional de menores) · Tratado internacional

Artículo 20

CAPITULO III

Artículo 20

La restitución del menor conforme a lo dispuesto en el artículo 12 podrá denegarse cuando no lo permitan los principios fundamentales del Estado requerido en materia de protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

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