Artículo 32. La planeación, programación, presupuestación y el gasto de las adquisiciones, arrendamientos y servicios se sujetará a las disposiciones específicas del Presupuesto de Egresos de la Federación, así como a lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y a las demás disposiciones aplicables; los recursos destinados a ese fin se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que fueren destinados.
Artículo 32
Última reforma de esta ley incorporada: 16 de abril de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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