Artículo 55. Las ministras y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación manifestarán estar impedidos ante el tribunal pleno.
Párrafo reformado DOF 13-03-2025
Las magistradas o los magistrados de circuito y las juezas o los jueces de distrito manifestarán su impedimento y lo comunicarán al tribunal que corresponda.
Párrafo reformado DOF 07-06-2021
Las excusas se calificarán de plano.