Ley de Concursos Mercantiles · Federal

Artículo 95

TÍTULO TERCERO De los efectos de la sentencia de concurso mercantil

Artículo 95.- Si es declarado en concurso mercantil el vendedor de un inmueble, el comprador tendrá derecho a exigir la entrega de la cosa previo pago del precio, si la venta se perfeccionó conforme a las disposiciones legales aplicables.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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