Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 323

TÍTULO DÉCIMO

ARTÍCULO 323. Los fraccionamientos se clasifican en los siguientes tipos:

I. Habitacional: a. Habitacional urbano:

1. Residencial.

2. Tipo medio.

3. Interés popular.

4. Vivienda Económica. b. Habitacional suburbano o rural:

1. Residencial Campestre.

2. Restauración ecológica;

II. Especiales: a. Comerciales y de servicios. b. Comerciales de venta al detalle. c. Comerciales de venta al mayoreo y /o bodegas. d. De servicios. e. Mixtos. f. Industriales. g. De cementerios o parques funerarios, y

III. Mixtos: En los que pueden combinarse los anteriores de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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