Ley Federal de Competencia Económica · Federal

Artículo 145

TÍTULO ÚNICO De los Procedimientos y Facultades de la Comisión en los sectores de

Artículo 145. En el caso de que las medidas impuestas por la Comisión en términos de los dos artículos anteriores no hayan resultado eficaces, la Comisión dará vista a la Agencia para que esta, en su caso, ordene lo conducente en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

Artículo adicionado DOF 16-07-2025

ARTÍCULO SEGUNDO.- ……….

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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