Ley Federal de Derechos · Federal

Artículo 147-A

TITULO PRIMERO De los Derechos por la Prestación de Servicios · CAPITULO VIII De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Artículo 147-A .- (Se deroga).

Sección Quinta

Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares

Denominación de la Sección reformada DOF 29-12-1997

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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