Artículo 172-G .- Por los servicios de verificación establecidos en la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y su Reglamento, los concesionarios, permisionarios o autorizados, pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
Párrafo reformado DOF 29-12-1997
I.- Por verificación especial a los concesionarios de vías férreas ............................. $3,632.45
II.- Por la verificación técnica de las condiciones físicas y mecánicas del equipo ferroviario de los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario, por cada unidad tractiva o de arrastre .................................................................................................................. $1,556.59 a).- Por la expedición de la constancia de aprobación ........................................ $311.07
III.- Por verificación para la construcción o reconstrucción de obras ferroviarias. ...... $3,632.45
Fracción adicionada DOF 29-12-1997
IV. Por la verificación de las instalaciones de los servicios auxiliares ....................... $3,348.32
Fracción adicionada DOF 21-12-2005
Artículo adicionado DOF 30-12-1996