Ley Federal de Derechos · Federal

Artículo 172-J

TITULO PRIMERO De los Derechos por la Prestación de Servicios · CAPITULO VIII De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Artículo 172-J.- Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización, aprobación o modificación de los servicios ferroviarios, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Párrafo reformado DOF 14-11-2022

I.- Manuales de sistemas de control de tránsito ...................................................... $13,218.78

II.- Horarios ferroviarios ............................................................................................ $11,360.14

Fracción adicionada DOF 14-11-2022

III.- Reglamento interno de transporte ....................................................................... $10,584.07

Fracción adicionada DOF 14-11-2022

Artículo adicionado DOF 29-12-1997

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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