Ley Federal de Derechos · Federal

Artículo 174-D

TITULO PRIMERO De los Derechos por la Prestación de Servicios · CAPÍTULO IX De la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones

Artículo 174-D. Por el estudio de la solicitud y, en su caso, expedición de la autorización o prórroga para el establecimiento y operación o explotación de una comercializadora de servicios de telecomunicaciones, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

I. Por la autorización ........................................................................................... $9,404.75

II. Por la prórroga ................................................................................................. $5,168.88

Artículo reformado DOF 03-12-1993. Derogado DOF 10-05-1996. Adicionado DOF 18-11-2015

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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