Ley Federal de Derechos · Federal

Artículo 19-H

TITULO PRIMERO De los Derechos por la Prestación de Servicios · CAPITULO I De la Secretaría de Gobernación

Artículo 19-H. Por el estudio, trámite y, en su caso, el otorgamiento de concesiones en territorio insular de jurisdicción federal, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Párrafo reformado DOF 01-01-2002, 18-11-2010

I. (Se deroga).

Fracción reformada DOF 01-01-2002. Derogada DOF 18-11-2010

II. Por el estudio y trámite de la solicitud de concesión en territorio insular ............. $2,635.75

III. (Se deroga).

Fracción reformada DOF 01-01-2002. Derogada DOF 18-11-2010

IV. Por la expedición de la concesión en territorio insular .......................................... $5,271.89

V. (Se deroga).

Fracción adicionada DOF 01-01-2002. Derogada DOF 18-11-2010

Reforma DOF 18-11-2010: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo (antes adicionado DOF 30-12-2002)

Artículo adicionado DOF 15-12-1995

Sección Séptima

Servicios Privados de Seguridad y Armas de Fuego

(Se deroga)

Sección adicionada DOF 30-12-1996. Denominación reformada DOF 31-12-1999. Derogada DOF 01-01-2002

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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