Ley Federal de Derechos · Federal

Artículo 195-V

TITULO PRIMERO De los Derechos por la Prestación de Servicios · CAPITULO XVII Secretaría de la Defensa Nacional

Artículo 195-V .- Por los servicios relacionados con explosivos, sustancias químicas, armas o municiones, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

I. Por la expedición de cada permiso general para el transporte especializado de explosivos, sustancias químicas relacionadas con éstos, artificios, armamento o municiones .......................................................................................................... $26,668.07

Fracción reformada DOF 12-11-2021

II.- Por el trámite de autorización: a).- De libros de compras y ventas a personas físicas o morales con permiso general ............................................................................................................. $274.80 b). (Se deroga).

Inciso derogado DOF 12-11-2021

III. Por la autorización para modificar un permiso general en cualquiera de sus condiciones, por ubicación, técnica de trabajo u otro motivo que no afecte la clase de producción permitida .............................................................................................................. $22,522.22

Fracción reformada DOF 12-11-2021

Artículo adicionado DOF 15-12-1995. Reformado DOF 30-12-1996

Sección Tercera

Servicio Militar Nacional Sección adicionada DOF 30-12-1996

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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