Ley Federal de Derechos · Federal

Artículo 21

TITULO PRIMERO De los Derechos por la Prestación de Servicios · CAPITULO II De la Secretaría de Relaciones Exteriores

Artículo 21 .- Los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión y los miembros del Servicio Exterior Mexicano no pagarán los derechos a que se refiere esta Sección, respecto a la expedición y refrendo de pasaportes oficiales.

Artículo reformado DOF 20-12-1991

Sección Segunda

Servicios Consulares

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.