Ley Federal de Derechos · Federal

Artículo 22

TITULO PRIMERO De los Derechos por la Prestación de Servicios · CAPITULO II De la Secretaría de Relaciones Exteriores

Artículo 22 .- Los derechos por la prestación de servicios consulares se pagarán como sigue:

I.- Actuaciones matrimoniales ................................................................................... $1,166.95

Fracción reformada DOF 30-12-1996

II.- Legalización de firmas o sellos ................................................................................ $990.79

Fracción reformada DOF 30-12-1996

III. Visados y Visas de:

Párrafo reformado DOF 12-11-2021

a). Visados a certificados de análisis, de libre venta y médicos, por cada uno ..................................................................................................... $1,188.95

Inciso reformado DOF 12-11-2021

b).- (Se deroga).

Inciso derogado DOF 29-12-1997

c).- (Se deroga).

Inciso derogado DOF 29-12-1997

d). Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización y expedición de las visas ordinarias en pasaportes extranjeros ................................................... $990.79

Inciso reformado DOF 01-12-2004, 07-12-2016, 14-11-2022

e). (Se deroga).

Inciso derogado DOF 01-12-2004

f). Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización y expedición de la visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas de larga duración ................................................................................................ $647.96

Inciso adicionado DOF 12-11-2021. Reformado DOF 14-11-2022

g). Cuando las visas a que se refiere la presente fracción sean solicitadas a través de medios electrónicos .................................................................................................... $197.6 5

Inciso adicionado DOF 14-11-2022

Los derechos por la expedición de las visas ordinarias en pasaportes extranjeros a que se refiere el inciso d) de esta fracción, podrán exentarse cuando por acuerdo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en consideración a aspectos de reciprocidad internacional o en forma unilateral con el fin de estimular el turismo y los intercambios comerciales o culturales, lo estime conveniente.

Párrafo reformado DOF 01-12-2004

No pagarán el derecho a que se refiere esta fracción, las personas extranjeras que soliciten la visa de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, cuando sean consideradas víctimas o acrediten ser familiares de personas extranjeras desaparecidas en territorio nacional, o por causas humanitarias, con base en la Ley General de Víctimas, la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, demás legislación nacional y en los tratados internacionales de los que México es parte.

Párrafo adicionado DOF 14-11-2022

Fracción reformada DOF 18-12-1992, 03-12-1993, 15-12-1995. Reformada con incisos DOF 30-12-1996

IV.- Expedición de certificados de: a). Pasavantes o patentes provisionales de navegación, por cada uno .......... $4,976.33

Inciso reformado DOF 11-12-2013, 12-11-2021

b). Matrícula consular a mexicanos, por cada una ............................................. $748.71

Inciso reformado DOF 31-12-2003

c).- Importación de psicotrópicos y estupefacientes ......................................... $1,696.34

Inciso reformado DOF 31-12-1998

d).- Copia certificada de actas del registro civil, por cada una ............................. $352.18 e). De los que se expiden a petición de parte, por cada uno ........................... $1,695.35

Inciso reformado DOF 01-12-2004

f) Lista de menaje de casa a mexicanos ........................................................ $2,594.21

Inciso adicionado DOF 29-12-1997

g) Lista de menaje de casa a extranjeros ....................................................... $3,475.29

Inciso adicionado DOF 29-12-1997

Los derechos por la expedición de menajes de casa a extranjeros, podrán exentarse o reducirse por acuerdo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en consideración a aspectos de reciprocidad internacional.

Párrafo adicionado DOF 29-12-1997

Fracción reformada DOF 15-12-1995. Reformada con incisos DOF 30-12-1996

V.- (Se deroga).

Fracción adicionada DOF 15-12-1995. Derogada DOF 30-12-1996

Cuando los servicios a que se refiere este artículo, sean prestados en territorio nacional, se pagará el 50% de los derechos correspondientes.

Párrafo adicionado DOF 18-12-1992

Los derechos que se obtengan por concepto de las fracciones anteriores se destinarán a la integración del fondo a que se refiere la fracción XI del artículo 2do. de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, con excepción de los que sean prestados en territorio nacional.

Párrafo adicionado DOF 04-06-2002

Artículo reformado DOF 28-12-1989, 26-12-1990, 20-12-1991

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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