Artículo 40. Por el trámite y, en su caso, por el otorgamiento de las inscripciones, concesiones o autorizaciones que a continuación se señalan, se pagará el derecho aduanero de inscripciones, concesiones y autorizaciones, conforme a las siguientes cuotas:
Párrafo reformado DOF 01-12-2004
a). Por la inscripción en el registro del despacho de mercancías ............................... $8,769.47 b). Por la autorización de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte ....................................................................................................... $17,821.85
Inciso reformado DOF 01-12-2004
c). Por la autorización para la entrada o salida de mercancías del territorio nacional por lugar distinto al autorizado ......................................................................................................... $17,256.04 d). Por la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior. ........................................................................ $93,352.66 e). Por la autorización para prestar los servicios de carga, descarga, estiba, acarreo y trasbordo de mercancías en el recinto fiscal ............................................................................. $17,821.85 f). Por la autorización de representante legal ........................................................... $14,144.29
Inciso reformado DOF 09-12-2019
g). Por la autorización de dictaminador aduanero ..................................................... $14,144.29 h). Por la autorización para la entrada y salida de mercancías por tuberías, ductos, cables u otros medios de conducción .......................................................................................... $15,558.77 i). Por la autorización de depósito fiscal temporal para locales destinados a exposiciones internacionales de mercancías ............................................................................... $8,486.60
Inciso reformado DOF 01-12-2004
j). Por la inscripción en el Registro de empresas transportistas ................................ $9,335.24 k). Por la autorización para el establecimiento de depósito fiscal para la exposición y ventas de mercancías extranjeras y nacionales ................................................................... $77,708.99
I). Por la habilitación de un inmueble en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización o prórroga para su administración: .................................................................................................... $107,378.81
Inciso adicionado DOF 30-12-2002. Reformado DOF 24-12-2007
m) Por la inscripción en el registro de empresas certificadas ................................... $40,267.06
Inciso adicionado DOF 30-12-2002
n). Por la autorización de mandatario de agente aduanal o de mandatario de agencia aduanal ................................................................................................................. $15,426.40
Inciso adicionado DOF 31-12-2003. Reformado DOF 08-12-2020
ñ). Por la autorización para destinar mercancías al régimen de recinto fiscalizado estratégico ........................................................................................................ $37,026.18
Inciso adicionado DOF 13-11-2008
o). Por la autorización para prevalidar electrónicamente los datos contenidos en los pedimentos .................................................................................................. $12,507.71
Inciso adicionado DOF 13-11-2008
p). Por la autorización para el procesamiento electrónico de datos necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores ............................................................................................ $12,507.71
Inciso adicionado DOF 13-11-2008
q). Por la autorización para que dentro de los recintos fiscalizados, las mercancías en ellos almacenadas puedan ser objeto de elaboración, transformación o reparación ......................................................................................................... $12,507.71
Inciso adicionado DOF 13-11-2008
r). Por la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal y/o en su caso colocar marbetes o precintos .......................................... $12,404.18
Inciso adicionado DOF 09-12-2019
s). Por la adición de cada bodega, sucursal o instalación a la autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal y/o en su caso colocar marbetes o precintos ............................................................................................................. $5,124.74
Inciso adicionado DOF 09-12-2019
t). Por la autorización para la fabricación o importación de candados a que se refiere la Ley Aduanera ............................................................................................................ $2,342.86
Inciso adicionado DOF 09-12-2019
u). Por la autorización para prestar los servicios de despacho aduanero de las mercancías de comercio exterior fuera de los días y horas hábiles señalados por el Servicio de Administración Tributaria ................................................................................................................ $306.12
Inciso adicionado DOF 12-11-2021
Los derechos a que se refieren los incisos b), c), d), e), h), k), l), m), n), ñ), o), p), q), s) y t) de este artículo se pagarán anualmente. Los derechos a que se refieren los incisos a), f), g), i), j), r) y u) de este artículo se pagarán por única vez.
Párrafo reformado DOF 30-12-2002, 31-12-2003, 24-12-2007, 13-11-2008, 09-12-2019, 12-11-2021
Por la prórroga de las autorizaciones a que se refieren los incisos b), c), g), h), i), k), n), ñ), o), p) y t) de este artículo, así como por la renovación de las autorizaciones a que se refieren los incisos a) y m) de este artículo, se pagarán las mismas cuotas que se establecen para cada inciso.
Párrafo adicionado DOF 24-12-2007. Reformado DOF, 13-11-2008, 09-12-2019
Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en este artículo se destinarán al Servicio de Administración Tributaria o a la Agencia Nacional de Aduanas de México, órgano auxiliar de la administración aduanera, según corresponda.
Párrafo reformado DOF 14-11-2022
Artículo reformado DOF 31-12-1998, 31-12-2000, 01-01-2002