Ley Federal de Defensoría Pública · Federal

Artículo 32

TÍTULO SEGUNDO DEL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA · CAPÍTULO III De la Dirección General

Artículo 32. La persona titular de la Dirección General del Instituto Federal de Defensoría Pública tendrá las atribuciones siguientes:

Párrafo reformado DOF 17-06-2016, 11-05-2022

I. Organizar, dirigir, evaluar y controlar los servicios de defensoría pública que preste el Instituto Federal de Defensoría Pública, así como sus unidades administrativas;

II. Dar seguimiento a los asuntos penales cuya defensa esté a cargo de la defensoría pública federal, mediante el sistema que corresponda;

Fracción reformada DOF 17-06-2016, 11-05-2022

III. Particularmente dar seguimiento a los asuntos penales que se estén asistiendo por la defensoría pública federal a efecto de conocer si las personas procesadas o imputadas con derecho a libertad caucional o medida cautelar distinta a la prisión preventiva están haciendo uso de esa prerrogativa, si cumplen con la obligación de presentarse en los plazos fijados, así como si los procesos se encuentran suspendidos o ha transcurrido el término de prescripción de la acción penal;

Fracción adicionada DOF 17-06-2016. Reformada DOF

11-05-2022

IV. Enviar las quejas que se presenten contra las defensoras y los defensores públicos, así como las presentadas contra las asesoras y los asesores jurídicos al Consejo de la Judicatura Federal, para que éste investigue la probable responsabilidad de las y los empleados del Instituto Federal de Defensoría Pública;

Fracción reformada y recorrida DOF 17 - 06 - 2016 .

R eformada DOF 11 - 05 - 2022

V. Vigilar que se cumplan todas y cada una de las obligaciones impuestas a las defensoras y defensores públicos, así como a las asesoras y asesores jurídicos; determinando, si han incurrido en alguna causal de responsabilidad por parte de éstos o de las personas trabajadoras del Instituto Federal de Defensoría Pública;

Fracción recorrida DOF 17 - 06 - 2016 . R eformada DOF 11 -

05 - 2022

VI. Proponer a la Junta Directiva las políticas que estime convenientes para la mayor eficacia de la defensa de las personas inculpadas;

Fracción recorrida DOF 17 - 06 - 2016 . R eformada DOF 11 -

05 - 2022

VII. Proponer a la Junta Directiva las bases generales de organización y funcionamiento del

Instituto Federal de Defensoría Pública, incluyendo lo s objetivos estratégicos y los indicadores clave del desempeño para la evaluación y rendición de cuentas del Instituto;

Fracción reformada y recorrida DOF 17 - 06 - 2016

VIII. Se deroga.

Fracción derogada y recorrida DOF 17 - 06 - 2016

IX. Promover y fortalece r las relaciones del

Instituto Federal de Defensoría Pública con las instituciones públicas, sociales y privadas que por la naturaleza de sus funciones puedan colaborar al cumplimiento de sus atribuciones;

Fracción recorrida DOF 17 - 06 - 2016

X. Proponer a la Junta Directiva el proyecto de

Plan Anual de Capacitación y estímulos del

Instituto Federal de Defensoría Pública; así como un programa de difusión de los servicios del

Instituto;

Fracción reformada y recorrida DOF 17 - 06 - 2016

XI. Elaborar un informe anual de labores sobre las actividades integrales desarrolladas por todos y cada una de las defensorías públicas y asesorías jurídicas que pertenezcan al Instituto Federal de Defensoría Pública, el cual deberá ser publicado;

Fracción recorrida DOF 17 - 06 - 201 6 . R eformada DOF 11 -

05 - 2022

XII. Elaborar la propuesta de anteproyecto de presupuesto que se someta a la consideración de la Junta Directiva, y

Fracción recorrida DOF 17 - 06 - 2016

XIII. Las demás que sean necesarias para cumplir con el objeto de esta Ley .

Fracción recorrida DOF 17 - 06 - 2016

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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