Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita · Federal

Artículo 4

Artículo 4. En lo no previsto por la presente Ley, se aplicarán, conforme a su naturaleza y de forma supletoria, las disposiciones contenidas en:

I. El Código de Comercio;

II. El Código Civil Federal;

II Bis. La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;

Fracción adicionada DOF 16-07-2025

III. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo;

IV. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y

Fracción reformada DOF 16-07-2025

V. La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.