Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial · Federal

Artículo 370

TÍTULO SEXTO De los Procedimientos de Declaración Administrativa

Artículo 370.- En las notificaciones por edictos se tendrá como fecha de notificación la de la última publicación en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el territorio nacional.

Última reforma de esta ley incorporada: 3 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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