Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación · Federal

Artículo 90

TÍTULO SÉPTIMO Organización de la Auditoría Superior de la Federación

Artículo 90.- El Titular de la Auditoría Superior de la Federación será auxiliado en sus funciones por los auditores especializados, titulares de unidad, directores generales, auditores y demás servidores públicos que al efecto señale el Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, de conformidad con el presupuesto autorizado. En dicho Reglamento se asignarán las facultades y atribuciones previstas en esta Ley.

Artículo reformado DOF 14-05-2026

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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