Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación · Federal

Artículo 94

TÍTULO SÉPTIMO Organización de la Auditoría Superior de la Federación

Artículo 94.- La Cámara dictaminará sobre la existencia de los motivos de la remoción del Titular de la Auditoría Superior de la Federación por causas graves de responsabilidad, y deberá dar derecho de audiencia al afectado. La remoción requerirá del voto de las dos terceras partes de los miembros presentes.

Los auditores especializados y los titulares de unidad podrán ser removidos por las causas graves a que se refiere el artículo anterior, por el Titular de la Auditoría Superior de la Federación.

Párrafo reformado DOF 14-05-2026

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.