Ley Federal del Trabajo · Federal

Artículo 353-I

TITULO SEXTO Trabajos Especiales · CAPITULO XVI Trabajos de Médicos Residentes en Período de Adiestramiento en una Especialidad

Artículo 353-I.- Las disposiciones de este Capítulo no serán aplicables a aquellas personas que exclusivamente reciben cursos de capacitación o adiestramiento, como parte de su formación profesional, en las instituciones de salud.

Artículo adicionado DOF 30-12-1977

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.