Ley Federal del Trabajo · Federal

Artículo 459

TITULO OCTAVO · CAPITULO II Objetivos y procedimientos de huelga

Artículo 459.- La huelga es legalmente inexistente si:

I. La suspensión del trabajo se realiza por un número de trabajadores menor al fijado en el artículo 451, fracción II;

II. No ha tenido por objeto alguno de los establecidos en el artículo 450; y

III. No se cumplieron los requisitos señalados en el artículo 920.

Fracción reformada DOF 01-05-2019

No podrá declararse la inexistencia de una huelga por causas distintas a las señaladas en las fracciones anteriores.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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