ARTÍCULO 4.- Los principios rectores para el acceso de todas las mujeres, adolescentes y niñas a una vida libre de violencias que deberán ser observados en la elaboración y ejecución de las políticas públicas federales y locales son:
Párrafo reformado DOF 29-04-2022
I. La igualdad jurídica, sustantiva, de resultados y estructural;
Fracción reformada DOF 29-04-2022
II. La dignidad de las mujeres;
Fracción reformada DOF 29-04-2022
III. La no discriminación, y
IV. La libertad de las mujeres;
Fracción reformada DOF 29-04-2022
V. La universalidad, la interdependencia, la indivisibilidad y la progresividad de los derechos humanos;
Fracción adicionada DOF 29-04-2022
VI. La perspectiva de género;
Fracción adicionada DOF 29-04-2022
VII. La debida diligencia;
Fracción adicionada DOF 29-04-2022
VIII. La interseccionalidad;
Fracción adicionada DOF 29-04-2022
IX. La interculturalidad, y
Fracción adicionada DOF 29-04-2022
X. El enfoque diferencial.
Fracción adicionada DOF 29-04-2022